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El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha abierto la nueva línea de financiación para pymes ICO-PYME 2007, destinada a financiar, en condiciones preferentes, el desarrollo de proyectos de inversión en activos fijos productivos realizadas por PYMES. A continuación se detallan las características de la misma. Para ampliar información: www.ico.es Tfno: 900-121.121 Características Recursos disponibles Esta línea pone a disposición de las PYME 7.000 millones de euros. Vigencia Hasta el 31 de diciembre de 2007 o hasta la finalización de fondos.
Beneficiarios Finales Pequeñas y medianas empresas, que según definición adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos: MICROEMPRESAS: • menos de 10 empleados • volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros • no estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados. PYME: • menos de 250 empleados • volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros • no estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados Inversiones financiables Activos fijos nuevos. Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión, deberán cumplirse los siguientes límites: • Las partidas de activo material no están sujetas a limitación. • Si el proyecto incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación. • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el Plan General Contable, no será superior al 50% de la inversión total a financiar. • Si el proyecto presentado incluye inversión inmobiliaria, esta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar. • En empresas de nueva creación (antigüedad no superior a 1 de julio de 2006), se financian los gastos de constitución y primer establecimiento, con el límite del 10 % de la inversión total a financiar. En todo caso no se financian: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos ligados a la inversión Inversión máxima El importe máximo financiable será del 90% del proyecto de inversión neto para las microempresas y hasta el 80% para el resto de las PYME, de acuerdo con las definiciones antes citadas. En ambos casos se excluye el IVA o cualquier otro impuesto de la financiación a obtener. Plazo de amortización El empresario puede elegir entre: • 3 años, sin carencia • 5 años, sin carencia o con un período de carencia de principal de 1 año • 7 años, sin carencia o con un período de carencia de principal de 2 años • 10 años, sin carencia exclusivamente para el componente inmobiliario de la inversión. Importe máximo de financiación por beneficiario El importe máximo de financiación será de 1,5 millones de euros por beneficiario final y año, ya sea en una única operación o en varias. Tipo de interés El empresario puede optar entre: • Tipo Fijo: según referencia ICO más 0,65 puntos porcentuales. • Tipo Variable: referenciado a EURIBOR a 6 meses más 0,65 puntos porcentuales. Comisiones El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, estudio o de disponibilidad. Cancelación anticipada voluntaria Podrá efectuarse la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes: • Tipo fijo, se imputará una comisión flat del 1% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado. • Tipo variable, no llevarán penalización, debiendo realizarse en las fechas de revisión semestral del tipo de interés. Tanto para operaciones a tipo fijo como para operaciones a tipo variable, en caso de que se produzca la amortización anticipada durante los dos primeros años de la financiación, se aplicará una comisión en función del momento de la cancelación, que irá desde el 0,23% hasta el 0,04% del importe de préstamo/leasing formalizado. Tramitación Directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas. Documentación El empresario tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación. El empresario debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada. Garantías Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: • Hipotecarias • Personales • Avales mancomunados o solidarios • Sociedades de Garantía Recíproca Compatibilidad de ayudas : Esta Línea puede estar sometida a la condición de “mínimis” de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea. |